¿QUÉ ES LA VISA U?
La Visa U es una visa temporal que permite a las víctimas de un delito vivir y trabajar en Estados Unidos conel fin de que colaboren con las autoridades en la investigación.
¿CUÁNDO SE CREÓ Y POR QUÉ?
En el año 2000 el Congreso aprobó la Ley de víctimas de trata de personas y de protección contra la violencia(VTVPA, por su siglas en inglés) para fortalecer la capacidad de las autoridades judiciales de investigar y
procesar ciertos delitos al tiempo que ofrece mayor protección a sus víctimas, para lo cual crea dos tipos de
visas con estatus de No inmigrante: la Visa T, para víctimas de trata de personas y la Visa U, para víctimas
de determinados delitos. Esta visa se creó para fortalecer la capacidad del sistema judicial para investigar y
procesar determinados delitos al tiempo que se ofrece mayor protección a sus víctimas.
Para ser elegible las personas deben:
• Haber padecido maltrato físico o mental como resultado del delito.
• Tener información relacionada con la actividad criminal para las autoridades judiciales.
• En caso de menores de 16 años o en situación de discapacidad, otra persona puede presentar la
información en su nombre.
• Haber colaborado, estar colaborando o tener la posibilidad de colaborar en la investigación o
procesamiento del delito.
• En caso de menores de 16 años o en situación de discapacidad, otra persona puede presentar la
información en su nombre.
• Ser víctima de un delito que tuvo lugar en Estados Unidos o que violó las leyes de Estados Unidos.
• Ser admisible en Estados Unidos o presentar una solicitud de exención mediante el Formulario I-192:
Solicitud de permiso para ingreso en calidad de No inmigrante.
• Ser víctima de una actividad criminal que califique.
• Actividades que califican:
Rapto, acceso carnal violento, chantaje, violencia intrafamiliar, extorsión, privación ilegal de la libertad,
mutilación genital femenina, asalto a mano armada, toma de rehenes, incesto, servidumbre involuntaria,
secuestro, homicidio, asesinato, obstrucción de justicia, peonaje, perjurio, prostitución, violación, acceso carnal
violento, explotación sexual, trata de esclavos, tortura, trata de personas, manipulación de testigos, retención
ilegal y otros delitos relacionados.
¿CÓMO SE SOLICITA?
• Si usted es la víctima del delito debe presentar:• Formulario I-918: Petición para estatus U No inmigrante.
• Formulario I-918: Suplemento B, Certificación de estatus U No inmigrante.
• Certificación de una autoridad judicial de que usted colaboró o de que es posible que sea de ayuda en el caso.
• Relato personal sobre la actividad criminal.
• Pruebas de cada uno de los requisitos de elegibilidad mencionados anteriormente.
• Las/os miembras/os de la familia inmediata de la víctima son elegibles para Visa U Derivada.
Para solicitarla se debe presentar el Formulario I-914. Suplemento A.
• Si la víctima es menor de 21 años puede solicitarla para la/el conyugue, las/los hijos, los
padres y las/os hermanas/os solteras/os menores de 18 años.
• Si la víctima es mayor de 21 años, puede solicitarla para la/el conyugue y las/os hijas/os
• La presentación del Formulario I-94 y los suplementos no tiene costo.
¿CUÁL ES EL PROCESO DE APROBACIÓN?
• Para que se le apruebe una Visa U debe cumplir y presentar pruebas de todos los requisitos
de elegibilidad según la lista anteriormente presentada. El gobierno ha establecido un cupo de
10.000 visas disponibles a nivel nacional. Si usted califica para la Visa U pero se le niega debido
a los límites establecidos por el gobierno, se le pondrá en lista de espera.
¿CUALES SON LOS BENEFICIOS SI SE LE APRUEBA?
Si a usted se le otorga una Visa U inmediatamente se le otorga un Documento de autorización de empleo(EAD, por sus siglas en inglés) para que pueda trabajar legalmente en Estados Unidos. Sin embargo, los
miembros de familia bajo el estatus derivado de la Visa U deben presentar solicitud por separado mediante
Formulario I-765, Documento de Autorización de Empleo (EAD).
¿SE PUEDE SOLICITAR LA CIUDADANÍA DESPUÉS?
• La Visa U es válida por cuatro años. Pasados 3 años de habérsele otorgado, usted puede solicitar laResidencia permanente presentando el Formulario I-485: Solicitud para registro de residencia
permanente o ajuste de estatus.
• Condiciones para residencia permanente:
• Haber estado físicamente presente en Estados Unidos durante al menos 3 años
continuos.
• No haberse negado sin razón a proporcionar ayuda a las autoridades legales
estando bajo la Visa U.
• No ser inadmisible según el artículo 212(a)(3)(E) de la Ley de Inmigración y
Nacionalidad.
• Su presencia en Estados Unidos se justifica por razones humanitarias, para
garantizar la unidad familiar o por el interés público.